NACIONALIDAD ESPAÑOLA

  • Requisitos para obtener la nacionalidad española
  • Residencia legal:
  • Residencia general: 10 años continuados y legalmente en España.
  • Residencia para sefardíes: 2 años de residencia legal en España.
  • Residencia para Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal: 2 años de residencia legal en España.
  • Residencia para nacionales de países con Convenio con España: Plazo de residencia reducido según el Convenio.
  • Residencia para menores de edad: Menores de edad que hayan nacido en España o que tengan un progenitor español, no necesitan acreditar residencia.
  • Buena conducta cívica y suficiencia de integración:
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido.
  • Carecer de condenas por delitos dolosos en los últimos 5 años.
  • No tener expedientes de sanción por infracciones graves.
  • Acreditar suficiencia de integración en la sociedad española:
    • Superar el examen DELE A2 o equivalente.
    • Conocimiento de la Constitución Española y CC.CC.
    • Conocimiento de la realidad social y cultural española.
  • Documentación:
  • Solicitud de nacionalidad española.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de matrimonio o pareja de hecho (si aplica).
  • Certificado de penales del país de origen y de España.
  • Pasaporte en vigor.
  • Justificante de pago de la tasa.
  • Documentos que acrediten la residencia legal en España.
  • Documentos que acrediten la integración en la sociedad española.
  • Tramitación:
  • La solicitud se presenta en el Registro Civil del lugar de residencia en España.
  • Se inicia un expediente administrativo.
  • Se debe realizar una entrevista personal.
  • Se recibe la resolución por correo postal.